NO LUCRATIVA

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Nos gustaría informar brevemente sobre los requisitos para la residencia no lucrativa en España. Nos gustaría señalar que este tipo de visado da derecho a residir en España sin realizar actividad laboral. Sin embargo, las personas con este tipo de visado tienen derecho a la libre circulación por toda Europa. Transcurrido el primer año, existe la posibilidad de convertir el permiso de residencia en permiso de trabajo. 

Los requisitos son los siguientes:

  • Ser ciudadano de cualquier país no perteneciente a la Unión Europea.
  • No tener antecedentes penales, es decir, no haber entrado y salido ilegalmente de estos países. 
  • Acreditar que disponen de ingresos y medios económicos suficientes para residir en España y cubrir sus gastos de viaje (que es igual a 4 veces el IPREM de España para el solicitante principal). 
  • Las cifras de 2024 para la acreditación de la situación económica se calculan en función del IPREM, es decir, multiplicándo por 4 el ingreso mínimo vital español. Si lo consideramos en forma de 14 pagas, esta cifra, para el solicitante principal, es de 33.600 euros al año.
  • Este tipo de permiso cuenta con numerosas ventajas. La más importante es que se pueden traer familiares a España como solicitante principal. La cantidad adicional que se tiene que acreditar por cada familiar en 2024 es de 8400 euros.
  • La familia del inversor también puede beneficiarse de este derecho de residencia (los ingresos que deben acreditarse se aplican a una persona y se calcularán por separado para cada miembro de la familia).
  • La acreditación de ingresos a que se refiere el artículo anterior puede aportarse de diversas formas, por ejemplo, mostrando los extractos de una cuenta bancaria, los ingresos por alquiler derivados de escrituras de propiedad, y similares.
  • Tener un seguro médico válido.
  • Según los criterios del Reglamento Sanitario Internacional (2005), no tener ninguna enfermedad que afecte a la salud pública.
  • Una vez obtenido el visado, es obligatorio residir en España al menos 180 días en el plazo de un año.
  • Para la renovación del segundo año, es necesario presentar el doble del importe del primer año. Las renovaciones son por dos años. La otra opción es convertir el permiso de residencia en permiso de trabajo si se encuentra un empleo o se crea una empresa. Siempre recomendamos la renovación del permiso de residencia. 
  • Podemos ayudarles con el procedimiento de principio a fin. 

Las solicitudes se deben realizar desde el Consulado de España del país donde el solicitante tiene su residencia regular. El plazo para la finalización de las solicitudes es, por regla general, de tres meses. La primera vez la residencia se concede por un año. Posteriormente, es posible cambiar a otros tipos de visado. Se puede crear una empresa o trabajar en un negocio cambiando el tipo de visado.

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